lunes, 1 de marzo de 2010

El mantenimiento del supuesto eugenésico en la nueva regulación del aborto es contrario a la Convención de la ONU, según el CERMI

CERMI
Fecha de Publicación:
01/03/10

El mantenimiento en la nueva regulación del aborto del supuesto eugenésico, aquel que se practica por causa de discapacidad en el feto, es contrario a la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada y ratificada por España.
Con arreglo a este tratado internacional, que forma parte del Derecho positivo español, no cabe dar un trato más desfavorable por causa de discapacidad, ya que supone una discriminación que atenta contra el derecho fundamental a la igualdad.
La nueva regulación aprobada definitivamente por la Cortes Generales esta semana mantiene el supuesto excepcional de aborto por razón de discapacidad (“graves anomalías”), en cuyo caso se amplía el límite temporal genérico de 14 semanas en el que no hay que acreditar motivo para la intervención, hasta uno específico de 22 semanas.
Esta diferenciación, en función de si concurre o no discapacidad en el feto, constituye un trato menos desfavorable, que a la luz de la Convención de la ONU no resulta admisible.
El CERMI lamenta que la mayor parte de los Grupos Parlamentarios del Congreso y el Senado no hayan hecho suya la visión de discapacidad y derechos humanos que se desprende de la Convención de la ONU, y que se proyecta necesariamente sobre la regulación de la interrupción del embarazo.
En relación con la legislación anterior, que la actual deroga, sí se han incluido otros aspectos que mejoran la salud sexual y reproductiva de las personas con discapacidad. Gracias a la aceptación de diversas enmiendas propuestas por el CERMI, se ha de garantizar la orientación e información accesibles a los progenitores con discapacidad, para que puedan tomar decisiones plenamente autónomas. De igual modo, en el caso de discapacidad en el feto, se han previsto dispositivos de información y orientación para los progenitores acerca de lo que representa esa discapacidad y de los apoyos y redes sociales existentes para apoyar a la maternidad.
El CERMI, como organismo de la sociedad civil encargado del seguimiento y aplicación de la Convención en España, recogerá esta infracción en su informe anual correspondiente al año 2010, y la elevará al Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU para que se pronuncie sobre si esta legislación es o no contraria al tratado internacional, y en su caso dirija la correspondiente recomendación de cambio al Reino de España como Estado parte.

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